La fiscalización de los recursos utilizados por partidos y candidaturas, la vigilancia de actos anticipados de campaña, el cumplimiento de las reglas de paridad y acciones informativas, así como la prevención de posibles vínculos con grupos delincuenciales, forman parte de los principales retos que enfrentan las autoridades electorales de Veracruz de cara al próximo proceso electoral.
De acuerdo con funcionarios del organismo electoral local, una parte sustancial de la fiscalización del financiamiento de los partidos corresponde actualmente al Instituto Nacional Electoral (INE), que cuenta con herramientas digitales para recibir y revisar los reportes de ingresos y gastos.
Lo anterior fue manifestado por la Consejera Presidente del OPLE Veracruz en reunión con Periodistas de la Asociación de Comunicadores de Veracruz, A.C. (#ACOVER), que preside Luis Bustos García, sostuvieron una reunión de trabajo con la Consejera Presidenta del OPLE Veracruz, Marisol A. Delgadillo Morales y el Secretario Ejecutivo, Luis Fernando Reyes Rocha, para conocer los trabajos preparatorios rumbo al Proceso Electoral Local 2026-2027 y los mecanismos de participación y comunicación con el gremio periodístico.
Los partidos políticos están obligados a informar periódicamente sobre el uso de sus recursos y, durante las campañas, deben reportar las actividades que realizan. Esta información permite a la autoridad electoral detectar posibles inconsistencias o el uso de recursos cuyo origen no haya sido acreditado.
Pero la fiscalización no se limita a revisar lo que los partidos declaran.
El INE puede seleccionar de manera aleatoria alguno de los eventos previamente reportados por las candidaturas y acudir físicamente para verificar lo que ocurre. En esos recorridos se levantan actas y posteriormente la información obtenida se contrasta con los informes presentados por los partidos.
Así, si una candidatura reporta, por ejemplo, un evento para 50 personas y un determinado gasto, pero durante la verificación se encuentran 100 asistentes, 200 sillas u otros elementos que impliquen un gasto mayor, la autoridad puede solicitar que se acredite la diferencia y, en su caso, contabilizarla para efectos de fiscalización.
El papel del organismo electoral local
En el ámbito estatal, el Organismo Público Local Electoral (OPLE) concentra sus tareas de fiscalización en las asociaciones políticas que reciben recursos públicos de carácter local.
Actualmente existen alrededor de 15 asociaciones políticas reconocidas, vinculadas con actividades relacionadas con la cultura democrática. Estas organizaciones reciben recursos públicos y tienen la obligación de informar sobre su utilización, lo que permite al organismo electoral revisar el destino del financiamiento.
El monto destinado a estas asociaciones representa, sin embargo, una proporción menor frente al financiamiento público que reciben los partidos políticos. El grueso de la fiscalización de los recursos partidistas corresponde al INE, a partir de la reforma electoral que trasladó esta atribución al órgano nacional.
Las sanciones derivadas de los procesos de fiscalización pueden llegar después de concluida una elección, una vez que se desarrollan las investigaciones y procedimientos correspondientes. De hecho, recientemente se abordó la imposición de multas relacionadas con procesos electorales anteriores, como consecuencia de las revisiones efectuadas por la autoridad electoral.
Candidaturas y posibles vínculos con grupos criminales
Otro de los nuevos desafíos para las autoridades electorales es la obligación de solicitar información relacionada con las candidaturas como una herramienta de prevención frente a posibles vínculos con grupos delincuenciales.
La mecánica, explicaron, no implica que el organismo electoral pueda impedir por sí mismo una candidatura.
Si la información obtenida genera una alerta sobre una persona postulada, ésta puede ser comunicada al partido político correspondiente. Sin embargo, la determinación final sobre si mantiene o retira la postulación no necesariamente queda en manos de la autoridad electoral.
El mecanismo plantea un reto adicional: encontrar un equilibrio entre la prevención, la seguridad y los derechos político-electorales de las personas.
La propia naturaleza de este tipo de información dificulta que las situaciones puedan comprobarse públicamente en todos los casos, por lo que las autoridades reconocen que todavía no existe una fórmula perfecta para enfrentar estos escenarios.
Verificación de candidaturas y reglas de paridad
El OPLE también tiene entre sus atribuciones verificar que quienes buscan una candidatura cumplan con los requisitos establecidos en la legislación.
Entre los aspectos que deben revisarse están la edad, la ciudadanía o vínculos de residencia establecidos por la ley, la separación de determinados cargos públicos cuando corresponda y otras restricciones previstas para quienes aspiran a un puesto de elección popular.
A ello se suma la obligación de garantizar el cumplimiento de las reglas de paridad.
No basta con que los partidos postulen mujeres. Las reglas electorales buscan evitar que las candidaturas femeninas sean concentradas en distritos o municipios donde las posibilidades de triunfo sean menores. Por ello, la autoridad revisa también la distribución de las postulaciones y la competitividad de los espacios asignados.
El organismo electoral ha señalado que los partidos han cumplido oportunamente con los registros relacionados con paridad y acciones afirmativas.
Estas últimas incluyen espacios destinados a personas indígenas, personas con discapacidad, integrantes de la comunidad LGBT+ y personas afrodescendientes, conforme a las disposiciones aplicables en cada elección.
Actos anticipados: una frontera en disputa
Otro de los asuntos que suele generar controversia antes del inicio formal de las campañas son los llamados actos anticipados.
El problema surge cuando los partidos sostienen que determinada actividad forma parte de su vida interna, mientras que quienes presentan una queja consideran que en realidad se trata de un acto proselitista anticipado.
La autoridad administrativa no determina por sí misma, en todos estos casos, si existe una infracción electoral.
El procedimiento consiste en recibir la queja, reunir pruebas, solicitar información, integrar el expediente y remitirlo a la instancia jurisdiccional correspondiente, que será la encargada de determinar si efectivamente se configuró una violación a la legislación electoral.
Las resoluciones, además, pueden ser impugnadas ante las instancias superiores del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Monitoreo de publicidad y medios
El monitoreo será otra herramienta fundamental durante el proceso electoral.
Para realizarlo se contempla la contratación de una empresa especializada que, bajo los lineamientos aprobados por el Consejo General, dará seguimiento a la publicidad electoral en Veracruz.
El monitoreo estatal se enfocará particularmente en medios distintos de radio y televisión, mientras que el INE desarrolla sus propias tareas en estos últimos.
El objetivo no es recorrer absolutamente todas las calles del estado, sino establecer una metodología de muestreo. Entre las acciones previstas se encuentra el recorrido de principales avenidas y bulevares de las cabeceras distritales para identificar espectaculares, bardas, lonas y otros elementos de propaganda.
La información será incorporada a un sistema que permitirá a los partidos conocer qué publicidad se encuentra instalada y dónde.
Ese registro puede convertirse posteriormente en una herramienta para presentar quejas o aportar elementos probatorios en procedimientos relacionados con actos anticipados de campaña, fiscalización o posibles rebase de topes de gastos.
El monitoreo también contempla medios digitales a partir de un catálogo previamente establecido con base en criterios como alcance, visitas y cobertura.
Libertad de expresión y violencia política de género
Uno de los puntos más delicados es la relación entre la libertad de expresión y la violencia política contra las mujeres en razón de género.
La autoridad electoral reconoce que ambos son derechos que deben coexistir: por un lado, la libertad de expresión, fundamental para el ejercicio periodístico y democrático; por otro, el derecho de las mujeres a participar en condiciones libres de violencia.
En este contexto, el organismo administrativo no es quien determina si una publicación periodística constituye violencia política de género. Su función consiste en integrar el expediente, realizar las diligencias correspondientes y remitirlo a la autoridad jurisdiccional para que ésta determine lo conducente.
La discusión adquiere especial relevancia en el ámbito periodístico, donde existe preocupación sobre los límites que pueden establecerse a la crítica.
La libertad de expresión permite cuestionar y criticar a quienes ejercen cargos públicos, pero existen límites establecidos por la legislación, particularmente cuando determinadas expresiones pueden afectar otros derechos.
En el caso de la violencia política contra las mujeres en razón de género, el elemento diferenciador está precisamente en que la agresión o descalificación se encuentre vinculada con razones de género y tenga impacto en el ejercicio de los derechos político-electorales.
El fenómeno, además, no se limita a las campañas.
Uno de los problemas identificados se presenta después de las elecciones, cuando mujeres que ya ocupan cargos públicos pueden enfrentar obstáculos para participar en sesiones de cabildo, ejercer su voz o desempeñar plenamente las funciones para las que fueron electas.
Seguridad para candidaturas: evaluación de riesgos
La seguridad de quienes participan en procesos electorales constituye otro desafío.
Cuando una candidatura solicita protección, el organismo electoral realiza las gestiones correspondientes conforme al protocolo establecido y remite la solicitud a las autoridades encargadas de evaluar el riesgo y, en su caso, proporcionar vigilancia.
Sin embargo, no todas las solicitudes pueden resolverse de la misma manera.
La asignación de protección requiere una evaluación de riesgos, especialmente porque resulta materialmente complejo proporcionar escoltas a todas las personas integrantes de una planilla.
Por ello, uno de los elementos que se considera relevante es que exista una denuncia o algún elemento que permita sustentar la amenaza y realizar una evaluación objetiva.
El reto aumenta cuando se trata de amenazas realizadas a través de redes sociales. Una publicación o mensaje puede parecer menos grave que una amenaza directa con arma de fuego, pero las autoridades deben valorar el contexto completo para determinar el nivel de riesgo.
Un proceso marcado por nuevos desafíos
A medida que se aproxima el proceso electoral, las autoridades reconocen que existen áreas donde las reglas todavía enfrentan escenarios inéditos.
La fiscalización digital, el monitoreo de propaganda, la paridad, las acciones afirmativas, la detección de posibles vínculos con grupos delincuenciales, la seguridad de las candidaturas y la tensión entre libertad de expresión y violencia política de género forman parte de una agenda cada vez más compleja.
El reto para las autoridades electorales será aplicar las disposiciones legales sin rebasar sus atribuciones, mientras que las decisiones de fondo deberán quedar en manos de las instancias jurisdiccionales cuando así lo establece la legislación.
En ese escenario, el próximo proceso electoral pondrá nuevamente a prueba los mecanismos de vigilancia y control con los que cuentan las instituciones para garantizar que la competencia se desarrolle bajo condiciones de legalidad, equidad y respeto a los derechos político-electorales.


